Desde el 2 de septiembre de 2025, la AGACE ha iniciado procedimientos de cancelación directa de la Certificación IVA e IEPS (CIVA) a diversas empresas. La causa principal radica en la imposibilidad de la autoridad para conectarse en línea y en tiempo real a los sistemas de control de inventarios electrónicos, tal como lo dispone el Anexo 24, Apartado C de las RGCE 2025.
Motivos del Procedimiento
• Cancelación inmediata sin requerimiento previo: Si la autoridad no logra ingresar al sistema por fallas técnicas, configuraciones incorrectas o un enlace inactivo, el procedimiento de cancelación se inicia de manera automática.
• Información incompleta: Otra causa se presenta cuando la empresa no entregó correctamente los accesos (URL, usuario, contraseña, manuales). No obstante, el mayor número de casos corresponde a accesos ya registrados pero inoperantes.
Recomendaciones Clave para las Empresas
1. Comprobación técnica inmediata: Verificar que los accesos otorgados (ligas, usuarios y contraseñas) estén habilitados y funcionales.
2. Pruebas rutinarias de acceso: Establecer controles periódicos para garantizar que la conexión funcione de manera continua, especialmente cuando se usan aplicaciones externas o conexiones remotas.
3. Supervisión constante de estatus y saldos: Mantener vigilancia diaria en los portales oficiales para evitar cargos derivados de cancelaciones automáticas.
Conclusión
El cumplimiento con el Anexo 24 ha pasado a ser un requisito de supervisión activa y permanente. La autoridad está aplicando un esquema de “cero tolerancia”, en el que cualquier interrupción en el acceso deriva en la pérdida de la certificación.
Por ello, las empresas deben adoptar una estrategia preventiva y tecnológica, implementando protocolos de revisión continua para salvaguardar los beneficios fiscales y aduaneros que otorga la CIVA.
